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Subsidio de hasta $2.500.000 para damnificados por el temporal en la Ciudad

diciembre 23, 2023 · 3 min de lectura
Subsidio de hasta $2.500.000 para damnificados por el temporal en la Ciudad

El Gobierno de la Ciudad creó un régimen especial de subsidios para vecinos afectados por el temporal del 17 de diciembre de 2023. La asistencia contempla hasta $2.500.000 para daños en inmuebles y hasta $1.500.000 para automotores.

Una asistencia para los afectados por el temporal

El Gobierno de la Ciudad, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N.° 3/23, estableció un Régimen Especial de Subsidios destinado a los vecinos que sufrieron daños en sus bienes como consecuencia del temporal ocurrido durante la madrugada del domingo 17 de diciembre.

La medida contempla un aporte económico extraordinario y por única vez para atender los perjuicios ocasionados por los fuertes vientos en inmuebles y automotores radicados en la Ciudad.

Montos del subsidio

El monto será determinado por la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, considerando la magnitud del daño acreditado y verificado y la situación de vulnerabilidad económica del solicitante.

Los subsidios podrán alcanzar:

  • Hasta $2.500.000 para daños en bienes inmuebles.
  • Hasta $1.500.000 para daños en automotores.

Los montos máximos se aplicarán independientemente de la magnitud de los daños verificados.

Una misma persona damnificada podrá recibir subsidios por daños acreditados tanto en un inmueble como en un automotor. Sin embargo, no se otorgará el beneficio a distintas personas por los daños ocasionados sobre un mismo bien.

Hasta cuándo se puede solicitar

La solicitud podrá realizarse hasta el 18 de enero. Una vez presentada, la autoridad de aplicación iniciará el procedimiento de verificación de los daños dentro de un plazo de 15 días hábiles.

Para acceder al subsidio no será necesario acreditar la inexistencia de deuda correspondiente al Impuesto Inmobiliario ni de infracciones vinculadas con los automotores, así como tampoco de otros tributos establecidos por la normativa vigente.

Requisitos para inmuebles y automotores

En el caso de los inmuebles, deben estar ubicados en la Ciudad de Buenos Aires y haber sufrido los daños declarados durante el temporal. La persona que solicite el subsidio debe ser titular del inmueble o sucesor universal.

Para los automotores, deben estar radicados en la Ciudad según el Registro de la Propiedad Automotor y haber sufrido los daños declarados mientras se encontraban estacionados o circulando dentro del territorio porteño durante el temporal. El solicitante también debe ser titular o sucesor universal.

Asistencia en barrios vulnerables

El régimen también contempla una modalidad específica para los Núcleos Habitacionales Transitorios y barrios vulnerables.

En estos casos, el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC), junto con la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, determinará los mecanismos de acompañamiento económico destinados a asistir a los vecinos damnificados.

Para financiar el régimen de subsidios se destinará hasta un monto equivalente al 2,5% de la recaudación anual del Impuesto Inmobiliario.

Préstamos del Banco Ciudad

Además del subsidio, el Banco Ciudad podrá ofrecer una línea de créditos a tasa subsidiada destinada a personas, consorcios de propiedad horizontal y establecimientos comerciales afectados por el temporal.

Los préstamos podrán utilizarse para financiar total o parcialmente la reparación de inmuebles dañados, así como el arreglo o la compra de automotores que hayan quedado inutilizados.