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Alquileres en CABA qué gastos pueden cobrar las inmobiliarias y cómo denunciar irregularidades

Inmobiliario
octubre 31, 2026 · 8 min de lectura
Cómo denunciar el cobro de comisiones inmobiliarias y honorarios prohibidos a inquilinos en CABA mediante el trámite gratuito del Instituto de Vivienda de la Ciudad.
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Los inquilinos de viviendas en la Ciudad de Buenos Aires no deben pagar comisiones inmobiliarias, honorarios por intermediación ni gastos de gestoría de informes. Ante una exigencia de esos pagos, pueden presentar una denuncia gratuita por Internet.

El trámite se realiza ante el Instituto de Vivienda de la Ciudad mediante la plataforma de Trámites a Distancia. Conocer qué conceptos están prohibidos, cuáles pueden corresponder a servicios de terceros y qué documentación se necesita permite revisar los presupuestos antes de pagar y respaldar un eventual reclamo.

Qué establece la normativa porteña

El régimen conocido como Ley 5859 protege a las personas físicas que alquilan inmuebles destinados a vivienda en la Ciudad de Buenos Aires.

En estas operaciones, las inmobiliarias tienen prohibido exigir o recibir del inquilino comisiones y honorarios por intermediación o corretaje, cualquiera sea la forma de pago. La restricción también comprende los honorarios por administración de esas locaciones y los gastos por la gestoría de informes.

La comisión inmobiliaria queda a cargo del propietario y tiene un límite del 4,15% del valor total del contrato. Ese porcentaje no habilita a dividir el cargo entre propietario e inquilino.

La norma prohíbe tanto solicitar como percibir los honorarios alcanzados. Por eso, no es necesario esperar a haber entregado el dinero para consultar sobre una exigencia que podría constituir un incumplimiento.

Qué gastos pueden corresponder al inquilino

La prohibición de cobrar comisiones no significa que todos los gastos vinculados con el ingreso a una vivienda sean gratuitos.

La orientación del Instituto de Vivienda de la Ciudad distingue los honorarios inmobiliarios de otros conceptos, como el depósito en garantía, el alquiler adelantado, determinados aranceles de informes y la certificación de firmas, según corresponda y lo acordado.

Es necesario identificar quién cobra cada importe y por qué motivo. El depósito y el alquiler son conceptos del contrato con el propietario; los aranceles registrales corresponden a organismos oficiales y la certificación de firmas es un servicio notarial.

Que la inmobiliaria reúna esos importes en un presupuesto no los convierte en honorarios propios ni habilita a agregar una comisión al inquilino.

Qué ocurre con las averiguaciones y los informes

Una de las principales diferencias está entre el costo de un informe oficial y el servicio de tramitarlo.

Cuando corresponde solicitar informes vinculados con la garantía presentada, puede requerirse al inquilino el valor del arancel. Lo que no puede trasladársele es un cargo adicional por la gestoría de esos informes.

El informe de dominio y gravámenes permite conocer la titularidad y la situación registral de un inmueble. El de inhibiciones informa sobre las inhibiciones registradas a nombre de una persona. Son documentos distintos y sus costos deben identificarse por separado.

Según la tabla del Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal vigente desde el 3 de agosto de 2026, los trámites comunes tienen los siguientes valores:

  • Informe de dominio y gravámenes: $6.000.
  • Informe de inhibiciones: $3.000.
  • Informe de índice de titulares de dominio: $3.000.

Como ejemplo, un informe de dominio y uno de inhibiciones suman $9.000 en modalidad común, sin adicionales por urgencia.

Estos valores corresponden al Registro de Capital Federal. Si el inmueble ofrecido en garantía se encuentra en otra jurisdicción, deben consultarse los aranceles del registro correspondiente. El total también depende de la cantidad y del tipo de informes solicitados.

Cuánto cuesta certificar firmas

La certificación de firmas ante escribano es diferente de la comisión inmobiliaria. Su pago depende de lo pactado entre las partes y no constituye un requisito obligatorio para la validez del contrato de alquiler.

No existe un presupuesto único aplicable a todas las operaciones. Para conocer el costo final se debe indicar a la escribanía cuántas personas firmarán y cuántos ejemplares se certificarán, y consultar si el importe incluye impuestos, fojas y otros conceptos.

Como antecedente, las pautas indicativas del Colegio de Escribanos porteño de abril de 2026 contemplaban un honorario de $50.000 por una firma. Sin embargo, el Colegio anunció una actualización desde octubre de 2026, por lo que aquel importe no debe tomarse como precio vigente.

Para evaluar un presupuesto, corresponde solicitar el valor actualizado y desglosado directamente a la escribanía.

El IVC ofrece una alternativa gratuita

El Instituto de Vivienda de la Ciudad dispone de un servicio gratuito de certificación de firmas para inquilinos y garantes de viviendas ubicadas en CABA.

Entre las condiciones publicadas, el inmueble debe estar destinado exclusivamente a vivienda y el valor del primer mes de alquiler no puede superar las 654 UVA. Su equivalencia en pesos varía con la cotización de esa unidad.

El servicio no incluye la certificación de la firma del propietario, la redacción o revisión del contrato ni las certificaciones realizadas por poder.

Para solicitar turno se debe escribir a certificacionesdefirmas@buenosaires.gob.ar, informando los datos de los inquilinos, sus medios de contacto, la dirección del inmueble y el monto del primer alquiler.

Al turno hay que concurrir con el contrato leído, acordado y sin firmar, además del DNI original y una copia de frente y dorso de cada firmante. La fecha del encabezado del contrato debe coincidir con el día de la certificación.

Un mes de alquiler por gastos administrativos requiere explicaciones

Si una inmobiliaria exige una suma equivalente a un mes de alquiler por “gastos administrativos”, “averiguaciones” o “certificaciones”, conviene pedir un detalle escrito antes de pagar.

La denominación genérica no permite determinar si el cobro corresponde. El presupuesto debería identificar los informes solicitados, sus aranceles, las firmas que se certificarán y el costo del servicio notarial.

Si el importe incluye una comisión, honorarios por intermediación o administración, o gestoría de informes, se trata de conceptos comprendidos en la prohibición para los alquileres protegidos por la normativa.

Conservar ese presupuesto y los mensajes relacionados permite consultar al organismo con información concreta.

Qué es el IVC y por qué recibe estas denuncias

El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conocido como IVC, es el organismo público responsable de llevar adelante la política habitacional porteña.

Sus funciones incluyen desarrollar herramientas para facilitar el acceso a una vivienda digna y atender problemas vinculados con el déficit habitacional.

En materia de alquileres, tiene una atribución específica: controlar el cumplimiento de las leyes locales relacionadas con la vivienda en alquiler y brindar asesoramiento a propietarios e inquilinos.

Por eso es el organismo responsable del canal para denunciar los cobros prohibidos. Su intervención se articula con las competencias del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires, conocido como CUCICBA.

Qué sanciones pueden aplicarse

La denuncia no genera una sanción automática. Deben analizarse los hechos, las pruebas y la responsabilidad del profesional involucrado.

La Ley 2340 contempla las siguientes sanciones disciplinarias para los corredores matriculados:

  • Advertencia privada.
  • Apercibimiento público.
  • Multas.
  • Suspensión de la matrícula de un mes a un año.
  • Cancelación de la matrícula, sin posibilidad de solicitar la reinscripción hasta transcurridos cinco años desde que la sanción quede firme.

La medida se gradúa según la gravedad de la falta y los antecedentes del responsable. El artículo que enumera las sanciones no fija una multa única por cobrar una comisión indebida.

El poder disciplinario corresponde al Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio. La reglamentación contempla la remisión de denuncias por parte del IVC y la posibilidad de acompañar pruebas para esclarecer los hechos.

Qué documentación se necesita para denunciar

La ficha oficial solicita tres grupos de documentación obligatoria:

  • DNI de la persona denunciante y datos de contacto.
  • Datos de la inmobiliaria denunciada.
  • Prueba documental o testimonial, indicando el tipo de evidencia que se presenta mediante archivo o enlace.

Además, se necesita una cuenta miBA con nivel de seguridad 1.

Para preparar la presentación, conviene reunir los presupuestos, recibos, comprobantes de transferencia, correos electrónicos y conversaciones relacionados con el cobro.

Si se dispone de una reserva o de un contrato vinculado con el caso, también resulta útil conservarlos. La ficha oficial no enumera el contrato firmado como requisito independiente.

Como recomendación práctica, el relato debería explicar cuándo se exigió el dinero, quién lo solicitó, qué concepto se invocó, cuál fue el importe y si se llegó a pagar. Los archivos deben ser legibles y las capturas deberían mantener el contexto del intercambio.

Qué es TAD y cómo se utiliza

TAD significa Trámites a Distancia. Es la plataforma digital del Gobierno porteño que permite iniciar, gestionar y seguir trámites administrativos por Internet.

En esta denuncia, TAD es el medio para formalizar la presentación y generar un expediente electrónico. La cuenta miBA permite identificarse para ingresar al sistema.

El procedimiento comienza en el sitio oficial de la denuncia. Allí hay que seleccionar “Iniciar trámite”, ingresar con miBA, completar los datos solicitados y adjuntar las pruebas siguiendo las indicaciones de la plataforma.

Es importante finalizar todos los pasos y conservar la identificación del expediente. Después, se puede consultar la gestión en “Mis trámites” y revisar las comunicaciones en “Notificaciones”, donde pueden recibirse pedidos de información relacionados con la presentación.

Dónde denunciar y consultar

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